ICO Emprendedores 2010
En todos los casos, si la amortización se produce durante los dos primeros años de vida de la financiación, se aplicará una comisión cuya cuantía variará en función del momento en que se produzca la amortización.
Se considerará microempresa aquella que emplee de 1 a 9 trabajadores a 31 de diciembre de 2009 y con una facturación y/o balance general a 31 de diciembre de 2009 no superior a 2 millones de euros.
La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2009 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
Bienes no financiables: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.
Plazo de amortización:
Tipo de interés:
Importe máximo:
ICO bonificará al beneficiario, a través del banco, un 1,50% del tipo de interés de la operación, que será aplicado como valor actualizado neto y destinado a la amortización anticipada de capital. El importe correspondiente de esta bonificación es de 65 euros por cada 1.000 euros de financiación.
Puede ser total o parcial en las condiciones siguientes.
Compatibilidad e incompatibilidad de las ayudas:
Esta línea es incompatible con la obtención de financiación en la línea ICO Nacional 2010. Está sometida a la condición de minimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las comunidades autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.
Esta línea estará vigente hasta el 20 de diciembre de 2010 o antes si se produce el agotamiento de los fondos.