Línea ICO Inundaciones desbordamiento Rio Ebro R.D.L. 3/2007
Financiación en condiciones preferentes a los profesionales afectados por las inundaciones derivadas del Rio Ebro.
Financiación en condiciones preferentes de proyectos de inversión para la reparación o reposición de instalaciones y equipos industriales que se hayan visto dañados como consecuencia de las inundaciones a las zonas afectadas durante la última semana del mes de marzo y primera del mes de abril del 2007.
El ICO ha dotado el importe total de la nueva línea en 3 millones de euros.
Finalidad
Se puede financiar: Serán financiables a través de esta línea, siempre que se hayan visto dañados como consecuencia de las inundaciones, la reparación o reposición de:
Inversión máxima: Hasta el 100% del daño evaluado por la Delegación en las comunidades autónomas afectadas, o la Subdelegación del Gobierno de la provincia correspondiente o, en su caso, por el Consorcio de Compensación de Seguros, descontando, en su caso, el importe de los créditos que se hayan podido suscribir con cargo a otras líneas de préstamo preferenciales, establecidas por iniciativa de la Comunidad Autónoma correspondiente. |
Requisitos
Empresas físicas o jurídicas, que hayan sido afectadas por las inundaciones por los desbordamientos del río Ebro y que sean poseedoras del reconocimiento de daños expedido por la Delegación o Subdelegación de Gobierno de las comunidades autónomas de Navarra, la Rioja, Cataluña y Aragón, o en su caso por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Condiciones
- Modalidades: Préstamo
- Importe máximo:
- hasta el 90% del proyecto de inversión con un máximo de 200.000 euros por beneficiario y año.
En la modalidad leasing, se podrá financiar hasta el 100% del bien, combinando condiciones ICO y condiciones Banco Sabadell .
- Plazos de amortización:
- 5 años, incluido 1 de carencia para el pago del principal.
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Tipo de interés:
Fijo 2.00% T.A.E.
- Comisiones: sin comisiones de estudio ni de apertura.
- Cancelación anticipada:
En las operaciones formalizadas a tipo fijo, se imputará un 1% de la cantidad que va a ser amortizada anticipadamente, y deberá realizarse necesariamente coincidiendo con el vencimiento de una cuota de amortización.
En el caso de incumplimiento de las condiciones de la línea se deberá pagar al ICO un 2% flat de las cantidades dispuestas y que esté obligado a pagar anticipadamente, además de la devolución de cualquier otra subvención complementaria recibida.
- Tramitación:
Directamente en cualquier oficina de Banco de Sabadell.
- Documentación requerida:
Disponer del documento de evaluación de daños de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente o, en su caso, del Consorcio de Compensación de Seguros.
La empresa debe poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.