PARA LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS, PROFESIONALES AUTÓNOMOS Y PYMES SE OFRECE A CONTINUACIÓN UNA LISTA DE AYUDAS, SUBVENCIONES Y FINANCIACIÓN QUE PUEDEN RESULTAR DE INTERÉS PARA EL IMPULSO DE NUEVAS IDEAS Y LA PROMOCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES.
1. Subvenciones estatales a las actividades de promoción del trabajo autónomo
DESCRIPCIÓN
Subvenciones cuyo objeto es contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal, para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.
Acciones subvencionables:
a) Acciones de apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotoresde la economía social.
Beneficiarios:
- De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas:
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
- Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
- Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
- Otras asociaciones, fundaciones y universidades.
- Para los gastos de funcionamiento:
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal, que reúnan los siguientes requisitos:
- Encontrarse inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos (en adelante «REAPTA») a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
- Disponer de sede, bien propia, bien a través de sus asociaciones intersectoriales asociadas, en al menos tres comunidades autónomas, a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
- Disponer de una plantilla, durante cinco de los seis meses inmediatamente anteriores al mes anterior al de la correspondiente convocatoria, de, al menos, dos trabajadores contratados directamente por la solicitante, uno de los cuales lo será a tiempo completo.
- Tener carácter intersectorial.
- Quedan excluidos como beneficiarios aquellas entidades asociativas que sean miembros de un órgano consultivo institucional de participación de carácter sectorial.
- Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.
- Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
- Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos dela economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.
- Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal, que reúnan los siguientes requisitos:
Plazo:
Pendiente de publicar convocatoria correspondiente.
Más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Paseo de la Castellana, 63
28071 - MADRID
Tlf. 91 363 00 00
2. Ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del programa Crecimiento Empresarial
DESCRIPCIÓN
La ayuda será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado.
Cuantía:
- La empresa beneficiaria dispondrá de 50 horas de asesoramiento, consistente en 20 horas de diagnóstico, 20 horas de asesoramiento temático y 10 horas de seguimiento.
- El precio del servicio objeto de ayuda es de 6.497,29 euros por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
Beneficiarios:
Las PYME, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta Orden, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
Plazo:
31 de diciembre 2017.
Más información:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Paseo de la Castellana, 162, 28046 Madrid
Tlf. 91 583 74 00
3. Ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del proyecto industria conectada 4.0
DESCRIPCIÓN
La ayuda será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado.
Cuantía:
El precio del servicio objeto de ayuda es de 10.400 euros por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
Beneficiarios:
Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
Plazo:
31 de diciembre de 2017.
Más información:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Paseo de la Castellana, 162, 28046 Madrid
Tlf. 91 583 74 00
4. Financiación para la internacionalización
DESCRIPCIÓN
Asistencia a pequeñas y medianas empresas (Pymes) españolas en materia de financiación internacional con el fin de que materialicen sus proyectos de exportación e inversión en el exterior que sean técnicamente viables.
Cuantía:
Sin determinar.
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas (Pymes) españolas.
Plazo:
31 de diciembre de 2017.
Más información:
ICEX.
Correo: asesoramiento.financiero@icex.es
+Tlf. 900 349 000